Criterios de selección para la admisión a cursos

PROGRAMACIÓN 2025/2026

INTRODUCCIÓN

Este documento establece qué colectivos son destinatarios y cuáles son los criterios para el desarrollo de proceso de selección y admisión de los candidatos a cada una de las acciones formativas que se desarrollen en el Centro de Novas Tecnoloxías de Galicia (CNTG) en la programación 2025/26.

DESTINATARIOS

Son destinatarios de las acciones formativas (cursos, seminarios técnicos, etc.) que se desarrollen en el CNTG, tanto las personas trabajadoras ocupadas como las personas desempleadas. Por lo tanto, las personas pertenecientes a cualquiera de estos colectivos pueden inscribirse en todas aquellas acciones formativas que sean de su interés.

Hay acciones formativas, como es el caso de la mayor parte de los cursos, que implicarán la realización de una prueba de selección y otras que serán de acceso directo, previa inscripción en ambos casos.

En el caso de los cursos, sólo podrán ser admitidas aquellas personas solicitantes que se encuentren en situación laboral de desempleo o estén ocupadas y tengan su centro de trabajo en Galicia. Será la persona interesada la que indique, mediante declaración responsable, su situación laboral al comienzo del curso; aunque el CNTG podrá comprobar de oficio dicha situación, si así lo considera.

A los efectos de ser seleccionado en las acciones formativas impartidas en este centro:

  • La condición de desempleado, vendrá determinada por su inscripción como demandante de empleo en el Servizo Público de Emprego de Galicia con fecha anterior a la de publicación de la relación definitiva de personas admitidas en el curso al que se opta. No podrán ser seleccionadas para realizar cursos en el CNTG aquellas personas desempleadas que se encuentren en el Servicio Público de Empleo en situación de suspensión motivada por la realización de otra actividad formativa financiada con fondos destinados a Actividades Formativas para Desempleados. Dicha limitación no será de aplicación en caso de que no se cubran la totalidad de las plazas de dicho curso.

  • La condición de ocupado con centro de trabajo en Galicia, vendrá determinada por el centro de trabajo en el que esté legalmente establecida la relación contractual entre el trabajador y la empresa empleadora.

PROCESO DE SELECCIÓN

1 Solicitudes de inscripción a varios cursos 

Una persona puede presentar solicitudes a varios cursos que se desarrollan en el mismo periodo temporal. En dicho caso, cada solicitud se tramita de forma independiente de las otras, sin que se establezcan preferencias de unas sobre otras, ni por parte del candidato ni por parte del CNTG. 

Una persona puede ser seleccionada para varios cursos que se desarrollan en el mismo periodo temporal siempre que exista compatibilidad horaria entre los periodos y horarios de docencia de dichos cursos.

2 Prueba de selección

Consiste en una prueba previa al desarrollo de la actividad formativa, que permitirá analizar la adecuación del candidato al curso y configurar grupos de alumnado lo más homogéneos posibles en relación al nivel de conocimientos y perfil técnico. Esta prueba puede incluir tanto cuestiones relativas a los conocimientos relacionados con la materia del curso como preguntas relativas al currículo del candidato; así como otras que ayuden a determinar la adecuación de las personas candidatas. Podría contener preguntas en inglés si los contenidos de la formación o la certificación estuviesen en este idioma.

El/la candidata/a inscrito en los dos turnos (mañana y tarde) de un mismo curso impartidos en las mismas fechas podrá optar entre presentarse a la prueba en el turno mañana o en el turno de tarde, pero solo a una de ellas. El resultado obtenido en la prueba a la que se haya presentado se usará para la selección en ambos turnos. En el caso de presentarse a la prueba en el turno de mañana ya no podrá realizar la prueba en el turno de tarde. En caso de detectarse que un candidato se ha presentado para un mismo curso a las pruebas de ambos turnos, se valorará y usará para la selección solamente la del primer turno.

Para realizar la prueba de un curso será requisito haberse inscrito correctamente en el portal web en el plazo determinado. Aquellas personas no inscritas correctamente podrán ser admitidas a la realización de la prueba si el aforo lo permite.

El plazo de inscripción podrá sufrir alteraciones respecto de la planificación inicial por causas organizativas o en caso de completarse el número de plazas establecidas para la prueba antes de la fecha de finalización prevista. 

Sin comprometer el requisito de tener unos conocimientos previos adecuados para el aprovechamiento de la formación, podrá hacerse excepción a la obligatoriedad de realización de la prueba, bien en el caso de existir vacantes después de la realización de la misma, o bien en el caso de establecer itinerarios de cursos en los que la superación de un curso previo puede implicar la inclusión sin necesidad de realizar la prueba en el siguiente. 

Cualquier información relativa a las titulaciones académicas, cursos realizados y/o certificaciones profesionales conseguidas, que expresamente sean solicitadas en el cuestionario de la prueba, deberán, a los efectos de ser objeto de valoración, especificarse de manera expresa y completa en las respuestas. El CNTG podrá pedir en cualquier momento la justificación documental de dichos méritos, que deberán ser poseídos en fecha anterior al día de la prueba.

En caso de incurrir en falsedad, la persona solicitante podrá no ser admitida al curso, podrá ser excluida de la emisión del diploma y el acceso a la prueba de certificación en caso de haber sido seleccionada y comenzado el curso, o sancionada con la suspensión de acceso a actividades formativas del centro por un periodo de hasta un año.

3 Valoración de la prueba de selección

Los/las candidatos/as que hayan realizado la prueba indicada anteriormente serán valorados cuantitativamente como resultado de aplicar los criterios de puntuación concretos de dicha prueba, tanto en las cuestiones relativas a los conocimientos relacionados con la materia del curso, como en las cuestiones relativas al currículo, u otras que se hayan determinado para dicha prueba.

Los/las candidatos/as que no hayan realizado la prueba indicada anteriormente se valorarán con cero puntos.

Una vez valorados, los/las candidatos/as se ordenarán de mayor a menor valoración cuantitativa. 

4 Candidatos con suspensión de acceso a actividades formativas del centro

El/la candidata/a que a fecha de la prueba de selección tengan activa una suspensión de acceso a actividades formativas del centro será excluido (declarado no apto) y no obtendrá plaza en dicho curso.

5 Requisitos obligatorios para acceder al curso o a la prueba de certificación 

En el caso de existir requisitos obligatorios para obtener plaza en el curso (de titulación, certificaciones previas, experiencia o de otro tipo) será excluido (declarado no apto) el/la candidata/a que no cumpla esos criterios. 

En caso de que esos criterios solamente afecten a la prueba de certificación asociada a la formación, el/la candidata/a que no los cumpla tendrá menor prioridad para obtener plaza que aquel que si lo cumpla.

6 Ediciones prioritarias para colectivos

En aquellos cursos orientados prioritariamente a personas desempleadas, el colectivo de personas desocupadas tendrá prioridad total sobre el de personas ocupadas, es decir, una vez aplicados los criterios previos, las personas desempleadas tendrán prioridad para obtener plaza sobre las personas ocupadas. 

En los cursos dirigidos prioritariamente a personas ocupadas será este colectivo el que tenga dicha prioridad sobre el de personas desempleadas, es decir, una vez aplicados los criterios previos, las personas ocupadas tendrán prioridad para obtener plaza sobre las personas desempleadas. 

En las actividades formativas con edición única ambos colectivos tendrán el mismo nivel de prioridad. 

En determinados cursos, se podrán establecer preferencias para algunos colectivos concretos que una vez aplicados los criterios previos, tendrán prioridad para obtener plaza sobre el resto de candidatos.

Aunque los cursos del CNTG están orientados y dirigidos a trabajadores del sector privado y desempleados, podrán cubrirse hasta un máximo del 25 % de las plazas ofertadas por personal de las diferentes administraciones públicas. Dicho límite podrá superarse siempre que no se cubran la totalidad de las plazas con los colectivos prioritarios para dicho curso.

7 Universalización de acceso y repetición de acciones formativas

Para permitir el acceso a las actividades formativas del centro al mayor número de candidatos/as, tendrán prioridad para obtener plaza aquellas personas solicitantes que, siendo declaradas aptas y una vez aplicados los criterios previos de requisitos obligatorios y colectivos prioritarios, no hubieran realizado el mismo o un curso similar en el CNTG en las 3 programaciones anteriores a la actual. El centro determinará si dos cursos de distintas programaciones son o no similares. 

En caso de que se trate de una nueva versión del producto, herramienta o metodología objeto del curso, o para el supuesto de una nueva versión de la certificación profesional asociada a la formación,  no será de aplicación el criterio de priorización establecido en al parrafo anterior.

Con el mismo objetivo de universalización, podrán realizarse cambios en la prioridad de candidatos/as para que no se supere el límite del 25 % de participantes de una misma empresa en un curso.

Igualmente podrán realizarse cambios en la prioridad de aquellos candidatos/as que hayan sido admitidos previamente a 3 cursos de la presente programación.

También podrán realizarse cambios en la prioridad de aquellos candidatos/as que ya estén seleccionados para otra actividad formativa que se desarrolle en las mismas fechas.

8 Priorización de mujeres y personas discapacitadas

Una vez aplicados los criterios previos de requisitos obligatorios, colectivos prioritarios y no repetición del curso, en caso de que varios candidatos/as tengan la misma valoración se dará preferencia por este orden, a mujeres y personas discapacitadas.

9 Desempate 

Si tras haber aplicado los criterios anteriores, subsistiese un empate en la valoración de varios/as candidatos/as, se aplicarán los siguientes criterios de desempate:

  • Persona con menos cursos comenzados en la presente programación
  • Orden alfabético, comenzando por la letra del último sorteo publicado a lo que se refiere el reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia

10 Adjudicación de turnos a candidatos interesados en ambos turnos

Aquellos candidatos/as inscritos/as o interesados/as y declarados/as aptos/as en los dos turnos (mañana y tarde) de un mismo curso impartidos en las mismas fechas serán seleccionados en el turno que el centro considere más adecuado para garantizar que se configuran grupos de alumnado lo más homogéneos posibles en relación al nivel de conocimientos y perfil técnico.